Hacienda advierte: Lo que debes hacer en 2025 para no perder cada mes el cobro del paro

El nuevo año llega con novedades para los parados que deberán asumir si no quieren que la prestación que cobran cada mes desaparezca. 

El paro sube en 26.769 desempleados en octubre

Europa Press

El paro sube en 26.769 desempleados en octubre

María Bandera

Publicado el

3 min lectura

Si hay algo que verdaderamente inquieta a los españoles, es el tema del empleo. Contar con un trabajo es fundamental para asegurar la estabilidad económica del hogar, y la falta de este genera una incertidumbre financiera que, en muchas ocasiones, resulta complicada de afrontar.

También influye directamente en la economía nacional, pues un elevado nivel de desempleo puede incrementar la necesidad de asistencia social y disminuir el gasto de los ciudadanos, lo que a largo plazo dificulta la generación de nuevos empleos. Es un círculo vicioso.

nuevo umbral

Pues bien, atentos porque 2025 llega con novedades. Y es que quienes reciban la prestación por desempleo estarán obligados a presentar la declaración del IRPF, incluso si sus ingresos no superan el límite de 22.000 euros anuales de un único pagador, umbral que obligaba a presentar la renta.

No cumplir con esta nueva obligación podría llevar a la suspensión del pago de la prestación, según lo establece el decreto ley aprobado en mayo que reformó el subsidio asistencial por desempleo dentro de la normativa que entró en vigor el 1 de noviembre.

Así que cuidado porque el grifo del subsidio se cortará si la entidad gestora detecta que los beneficiarios de las prestaciones no han cumplido con la obligación de presentar la declaración del IRPF dentro del plazo y condiciones establecidos por la legislación tributaria.

Esta exigencia es comparable a la que ya tienen los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), quienes también están obligados a realizar la declaración de la renta.

La principal diferencia radica en que el Ingreso Mínimo Vital (IMV) está exento del IRPF, mientras que la prestación por desempleo no lo está y está sujeta a retenciones fiscales.

paro archivo

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ajuste de cuentas

La obligación de informar a la Agencia Tributaria además de la retención de un porcentaje de IRPF del SEPE, ahora con la presentación de la declaración de la Renta, se ajustarán las cuentas, de forma que si ha retenido poco, se pagará más al presentarla, mientras que podría salir a devolver, si las retenciones han sido altas.

El tipo de retención depende de las circunstancias personales y del importe de la prestación de desempleo que está previsto para el año en curso.

Esta obligación, podría además ofrecer beneficios como la posibilidad de aplicar deducciones en caso de aportaciones al IRPF.

En este sentido, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha señalado que incluir a más personas en la declaración de la Renta puede abrirles acceso a ayudas y beneficios que actualmente están fuera de su alcance por no realizar este trámite, y ha destacado la importancia de ampliar la participación en el sistema tributario para fomentar políticas de compensación y apoyo más eficaces.

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fechas para cumplir con hacienda en 2025

Aunque aún quede tiempo, la Agencia Tributaria ya ha publiciado las fechas en las que debemos realizar nuestra declaración de Renta y Patrimonio:

  • Del 2 de abril al 30 de junio de 2025: presentación online de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2024.

  • Del 6 de mayo al 30 de junio de 2025: Si queremos hacerla por teléfono, solicitando eso sí, cita previa del 29 de abril al 27 de junio).

  • Del 2 de junio al 30 de junio de 2025 para realizarla de forma presencial en sus oficinas (con cita previa que se puede solicitar del 29 de mayo al 27 de junio).

  • Para ser atendidos tanto por teléfono como de forma presencial, deberemos pedir cita previa por tanto a través de Internet o llamando a los siguientes números: Teléfono automático: 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o Servicio de cita para Renta: 91 553 00 71 / 901 22 33 44.
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