El motivo por el que puedes jubilarte con 52 años en esta profesión: Más de 2.500 euros de pensión

Aunque la edad de jubilación ronde los 66 años, debes de tener en cuenta que hay enfermedades y profesiones que pueden adelantarla

Jubilados en un parque, archivo

María Bandera

Publicado el - Actualizado

3 min lectura

A medida que cumplimos años, más curiosidad tenemos en conocer el tiempo nos resta para jubilarnos. No solo por la cercanía del momento, también porque los años y el cansancio empiezan a pasar factura muchos trabajadores.

Por lo pronto, si tu idea es jubilarte este mismo 2024 con el 100 % de la pensión, deberás tener 66 años y medio cumplidos y 38 o más cotizados. Esa es la edad legal de jubilación en España tal y como estableció José Luis Rodríguez Zapatero desde 2011 en la reforma que puso en marcha de las pensiones.

Una reforma que por otro lado establecía un periodo desde 2013 hasta 2027 para elevar la edad de jubilación de los 65 a 67 años. De esta manera, a partir del año que viene, la edad de jubilación se elevaría hasta los 66 años y 8 meses y en 2026 a los 66 años y 10 meses y en 2027, con 67 años.

Archivo

Jubilación anticipada

Es cierto que para muchos la espera para su retiro retribuido se les puede hacer muy cuesta arriba y por ello buscan información sobre aquellas circunstancias que puedan precipitarlo.

Y es que aunque la edad de jubilación en España ronde los 66 años, hay factores que permiten dejar el empleo antes, como por ejemplo el hecho de sufrir enfermedades que inhabiliten en el ámbito laboral.

Por enfermedad

Es el caso de las personas con una discapacidad superior al 45% que pueden jubilarse antes. Además, tienen reducidos los años de cotización exigidos de 15 a 5 desde el diagnóstico de la discapacidad.

Quienes tengan más de una patología discapacitante también podrán optar a la jubilación anticipada, siempre que la suma de sus dolencias supere este 45% de discapacidad.

La edad mínima de jubilación de las personas afectadas, en un grado igual o superior al 45% será de 56 años y si el trabajador tiene una discapacidad igual o superior al 65%, podría hacerlo desde los 52.

¿De qué enfermedades hablamos? Discapacidad intelectual, parálisis cerebral, esquizofrenia o trastornos del espectro autista, entre otras.

Mujer trabajando, archivo

Por profesión

Pero al margen de enfermedades, también hay profesiones que permiten un retiro prematuro. En general se trata de empleos considerados como "peligrosos, penosos, tóxicos o insalubres", según explica la Seguridad Social. En cualquier caso para optar a ella se deberá tener un mínimo de cotizaciones en esa profesión.

En este saco de profesiones consideradas peligrosas se enmarcan los trabajadores del sector minero, ya estén dedicados a la extracción de carbón en las minas subterráneas, a cielo abierto o en la fabricación de aglomerados de carbón mineral, y por tanto, tienen una jubilación diferente.

El cálculo de los coeficientes

Eso se traduce en que su edad de jubilación puede ser menor. El cómputo de los años a restar se realiza aplicando unos coeficientes reductores que varían según las categorías profesionales, siempre teniendo en cuenta que el límite para jubilarse nunca podrá ser inferior a los 52 años.

Por ejemplo, según recoge Mapfre, picadores, a barrenistas o ayudantes de una u otra se les aplicaría un coeficiente del 0,5 y posteadores mineros de primera y artilleros, el 0.4.

De esta manera, un trabajador que haya sido durante 20 años barrenista, se multiplicaría su coeficiente correspondiente del 0,5, por esos 20 años trabajados, lo que implicaría una rebaja de 10 años. Es decir, se podría jubilar 10 años antes de su edad ordinaria de jubilación.

¿Cuánto gana un minero jubilado?

Además de la edad de jubilación, la forma de calcular la cuantía de la pensión de los mineros también es distinta, según explica Mapfre que señala que la pensión media de los mineros en España "es de 2.666,9 euros".

En cuanto a la pensión máxima del convenio de la minería "sigue estando topada por la pensión máxima que puede cobrar un jubilado en España", que en el caso de 2024 se sitúa en los 3.175 euros mensuales.

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Por qué un Policía Local puede jubilarse antes de los 65 años y un guardia civil no

Imagen de archivo de la Policía Local de Palma / EP

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