¿Quieres recortar tus impuestos antes de fin de año? Estás a tiempo

 La OCU recuerda varios consejos para recortar tu IRPF, eso sí hay que ponerse las pilas antes del 31 de diciembre

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

A pocas semanas de que acabe el año, es el momento de actuar para pagar menos impuestos la próxima primavera. ¿Cómo? La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerda estos consejos para recortar tu IRPF, esos sí hay que ponerse las pilas antes del 31 de diciembre.

Aprovecha las deducciones autonómicas

Muchos gastos pueden suponer un recorte del IRPF: ¿sabías que es posible que puedas deducirte por la guardería de los hijos, gastos educativos, abono transporte público, ayuda doméstica, la instalación de dispositivos de ahorro de agua o energía, el alquiler, etc.? Por eso no está de más informarse de las deducciones de cada comunidad. 

Comunica los cambios que se produzcan en tu familia. La cantidad de retención a cuenta del IRPF depende entre otras cosas de las circunstancias familiares.

Cambia el salario en metálico por salario en especie. Algunas retribuciones están exentas de pagar IRPF, como por ejemplo, los seguros sanitarios para el trabajador, su cónyuge y sus hijos.

Espera a cumplir 65 años si quieres transmitir tu casa. La ganancia que obtendrás estará libre de impuestos.

Si tienes bienes que vender, recuerda que las ganancias compensan las pérdidas... y viceversa y actúa en consecuencia.

Aporta a un buen plan de pensiones. 

Si tienes derecho a deducir por compra, amortiza hipoteca. Si compraste tu casa antes de 2013, se deduce el 15% de lo pagado para comprar la vivienda, sobre un máximo de 9.040 euros, si pagas menos de eso, o de 18.080 si lo pagas con tu cónyuge y declaráis por separado, te interesa amortizar anticipadamente una cantidad que llegue hasta ese límite y así se aproveche íntegramente la deducción. 

Revisa tus gastos como profesional. Si pagas cuotas sindicales, cuotas al colegio profesional o si has tenido un pleito laboral y has pagado honorarios al abogado y procurador, esos gastos se deducen de los ingresos del trabajo, con lo que pagas menos por ellos.

Los donativos deducen. Si haces donativos a ONG, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro permite deducir más que el año pasado: se puede deducir un 75% sobre los primeros 150 euros, y un 30% sobre lo que exceda de esa cantidad (puede subir al 35% si es el tercer que donas a la misma entidad y cada la donación ha sido igual o superior a la del anterior). 

Si eres arrendador, aprovecha. Si eres propietario de un inmueble en alquiler, puedes deducir de la renta sujeta a IRPF los gastos hechos para obtenerla: IBI, anuncios, agencia, seguros, comunidad… y también los gastos de reparación y conservación y los intereses de préstamos para la compra o mejora del inmueble (estos con un límite).

Guarda todos los justificantes de los gastos deducibles (recibos de pago de cursos, de las donaciones...) para prevenir posibles problemas.

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