¿Ves algo raro en tu nómina? Esta es la razón por la que has cobrado menos en tu sueldo de enero de 2024

Tanto los trabajadores que ya hayan cobrado como los que estén a punto de hacerlo pueden llevarse una sorpresa este mes. Te contamos por qué y cuándo

Sueldo, archivo

María Bandera

Publicado el - Actualizado

4 min lectura

Finiquitamos enero y muchos ya han cobrado su nómina. Otros aún están pendientes de recibir la esperada paga del mes que en esta ocasión puede venir con regalo sorpresa.

Pues bien, como cada vez que se produce un cambio de ejercicio fiscal, este puede afectar al importe que cobramos, y hacerlo negativamente. Y no se debe a un error. ¿La razón? Te lo explicamos...

En parte, la sobrecotización

Por un lado este 2024 nos encontramos con una cotización extra. Hablamos del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que ya entró en nuestras vidas hace ahora un año y cuyo objetivo es garantizar que las pensiones sean sostenibles.

Ahora ha subido y algo lo notaremos en la nómina. Lo recoge el Real Decreto-ley 2/2023 que informa de esta cotización.

'Gracias' a él sube la cotización que debemos hacer del 0,6% del año pasad, al 0,7%, en lo que corresponde al capítulo de contingencias comunes.

Su pago se reparte entre empresa y trabajador, peor no a partes iguales. Es decir, un 0,58% corre a cuenta del empresario y el restante 0,12% va a cargo del trabajador.

Hay que tener en cuenta que los autónomos no verán ese desdoble y serán ellos quienes asuman la totalidad de ese 0'7%.

Si a esta sobrecotización le sumamos la subida de la base máxima de cotización proyectada en la reforma de pensiones del Gobierno, las arcas públicas se embolsarán este año más de 4.000 millones.

Según cifras de El Independiente, si tomamos como referencia el salario medio bruto de 22.781 euros en 2022, debido al MEI "el año pasado pagaron 2,2 euros "más al mes, cantidad que este 2024 ascenderá "a 2'7 euros". La empresa por la parte que le corresponde tendría "que abonar 13,21 euros al mes" por cada trabajador.

Nómina, archivo

Retenciones IRPF

Sorpresa también en lo que se refiere a las retenciones de IRPF. El límite exento de tributar se ha elevado de los 15.000 euros de 2023 a 15.876 euros en 2024. Por tanto, aquellas personas que cobren esa cantidad al año no tendrán retenciones y tampoco obligación de hacer la declaración de la renta.

No obstante, ten en cuenta que aunque entremos en esa cantidad exenta, lo mismo puede jugar a nuestro favor presentar la declaración, advierte TaxDown. Puede darse la circunstancia de que nos salga a devolver bien porque hayamos tenido un exceso de retención, o por tener deducciones.

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Si somos muy despistados y se nos escapan los temas económicos, una buena forma de saber si ganamos más o menos que hace un año consiste en simplemente en fijarnos en la nómina de enero de 2023 y compararla con la que recibamos estos días.

Y si tenemos dudas con algún desajuste, lo mejor es consultar a nuestro jefe o al departamento de personal, si tenemos.

Salario funcionarios

Los funcionarios deben de tener en cuenta que su sueldo arranca año congelado, a la espera de que se aprueben los presupuestos para 2024, eso sí, teniendo en cuenta que en el acuerdo salarial alcanzado para el sector público se recoge una subida fija del 2 % para 2024, más un 0,5 % variable si el IPC armonizado de 2022, 2023 y 2024 supera el 8 %.

Por tanto, este incremento, cuando se apruebe, tendrá efectos retroactivos desde el 1 de enero, según han explicado fuentes del ministerio de Hacienda.

Calcular la nómina, archivo

¿Hasta qué día puedo cobrar mi nómina?

Quizás muchos de los que estén leyendo esta noticia no hayan cobrado aún su nómina,. por lo que se pueden preguntar si hay una fecha tope para hacerlo. Lo cierto es que en España, la fecha de pago de las nóminas puede variar según la política de la empresa, si bien lo normal es que se realice entre los días 20 y 5 de cada mes.

Puede ser un pago mensual, generalmente al final del mes, quincenal, semanal, frecuente en trabajos temporales o por horas, incluso por jornada, para trabajadores eventuales o contratados para proyectos específicos.

La transferencia bancaria suele ser el método más habitual, aunque muchos lo hacen a través de cheques.

Cuándo hablamos de retraso

Debe de pagarse dentro de los plazos acordados, es decir, si acostumbramos a cobrar el día 30 de cada mes y pasan varios días de esta fecha, entonces ya podríamos considerar que existe un retraso.

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