Alemania tardaría entre 10 y 60 días en extraditar a Puigdemont

Carles Puigdemont

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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Este miércoles se ha conocido que la Fiscalía alemana ha pedido a la Audiencia Territorial de Schleswig la tramitación de la extradición a España del expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont por los delitos de rebelión y malversación de fondos públicos. Esta actuación da pie a la sala primera de lo penal de la Audiencia Territorial, formada por tres jueces, a proceder a su estudio, así como a decidir si hay motivos para que el independentista siga en prisión.

En un comunicado, la Audiencia ha confirmado que ha recibido el escrito de la Fiscalía General. En sus manos está examinar "si la extradición no parece ab initio inadmisible y si hay motivo para la prisión", ha señalado, si bien ha dicho que por el momento es demasiado pronto para avanzar cuándo puede tomar una decisión al respecto.

Pese a ello, una vez que el tribunal se pronuncie sobre si accede a la entrega, la extradición se realizará en un plazo máximo de 10 días siempre y cuando Puigdemont no se oponga a la euroorden. En caso contrario, el juez alemán deberá escucharlo y tomar una decisión antes de 60 días, prorrogables a 90 días en casos excepcionales. 

No obstante, las autoridades alemanas tardan una media de 42 días en resolver el procedimiento cuando el reclamado se niega a la extradicón y recurre. En 2015, solo 198 extradiciones de las más de 1.600 solicitadas fueron rechazadas. 

Se da la circunstancia de que los delitos por los que España le reclama tienen correspondencia con la legislación alemana con penas incluso más duras que en nuestro país que alcanzan hasta la cadena perpetua. Y es que, en Alemania sí existen delitos similares al de rebelión, por lo que se antoja viable que este país acceda a dar cumplimiento a la Orden Europea de Detención y Entrega, la normativa que sustituyó a la tradicional extradición, aunque para ello se deben cumplir los términos y plazos descritos anteriormente.

La euroorden es el primer instrumento jurídico de la UE en el que se aplica el principio de reconocimiento mutuo enunciado en las Conclusiones del Consejo Europeo de Tampere, en 1999.

Abarca 32 delitos, entre los que figuran los de terrorismo, narcotráfico o trata de seres humanos, y puede ser emitida por cualquier juez o tribunal español que solicite la entrega de una persona a otro Estado miembro para el seguimiento de actuaciones penales o para el cumplimiento de una condena impuesta. De igual manera, la autoridad judicial española procederá a la entrega cuando sea requerida por su homóloga de otro Estado miembro.

Recibida la orden, su ejecución se producirá de forma rápida, ya que los motivos por los que una autoridad judicial puede negarse a la misma están tasados en el texto de la Ley. De esta forma, desaparecen motivos de denegación en los procedimientos de extradición como los relativos a la no entrega de los nacionales o a la consideración de los delitos como delitos políticos, que es precisamente una de las líneas clave de actuación que defiende Puigdemont para evitar su entrega

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