Cataluña tiene 189 competencias cedidas por el Estado
Consulta las diferencias existentes entre las atribuciones de las distintas Comunidades Autónomas
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Esta semana conocíamos la noticia de que el Gobierno de Pedro Sánchez tiene intención de traspasar varias competencias al País Vasco, entre las que destacan la gestión económica de la Seguridad Social y el manejo de las instituciones penitenciarias.
¿Pero cómo se definen las competencias de cada región? Y, sobre todo, ¿qué Comunidades tienen más competencias?
El reparto de atribuciones entre el Estado y las autonomías se recoge en primera instancia en el Título VIII de la Constitución. Allí se especifican las competencias que pueden asumir las distintas regiones y las que pertenecen en exclusiva al Estado.
Lo que dice la Constitución
Entre las primeras, se encuentran entre otras sanidad, educación, cultura, enseñanza de la lengua propia en las regiones que la tienen, desarrollo económico de la Comunidad Autónoma, turismo, urbanismo y vivienda, ferrocarriles y carreteras, puertos y aeropuertos, agricultura y ganadería, medio ambiente, gestión de aguas, caza y pesca, deporte y asistencia social.
Las competencias que se reserva el Estado pertenecen a ámbitos como la política exterior, las aduanas, la defensa de la nación, el sistema monetario, la Justicia, la planificación general de la actividad económica, la Hacienda, las Administraciones públicas, la seguridad pública o la autorización para la convocatoria de referendos.
La Administración Central también se ocupa en exclusiva de la legislación mercantil, penal, penitenciaria, laboral, civil y de propiedad intelectual e industrial, así como del régimen económico de la Seguridad Social.
Es este último punto el que ha generado conflicto en las recientes negociaciones del Ejecutivo de Sánchez con el Gobierno Vasco. Pero, si la Seguridad Social es competencia del Estado, ¿cómo es que el Gobierno central puede cederla a la Comunidad Autónoma Vasca?
La respuesta está en el propio Título VIII de la Carta Magna. En el artículo 150.2, la Constitución señala que “el Estado podrá transferir o delegar en las Comunidades Autónomas, mediante ley orgánica, facultades correspondientes a materia de titularidad estatal que por su propia naturaleza sean susceptibles de transferencia o delegación”. Es por eso que un Gobierno puede agarrarse a esa fórmula tan vaga, “por su propia naturaleza”, para ceder a una autonomía una competencia de las teóricamente exclusivas del Estado.
Autonomías con más competencias
Durante el proceso de conformación del Estado de las Autonomías, iniciado en la Transición, las distintas regiones españolas disfrutaron de una política de importante descentralización (el llamado 'café para todos'); tan solo se separaron de ese bloque a las comunidades históricas.
En los años noventa muchas autonomías vieron ampliadas sus competencias en distintas oleadas de cesiones por parte del Estado. Sin embargo, un puñado de regiones disfruta de algunas competencias extra sacadas del grupo de las que la Carta Magna considera de dominio estatal.
Aunque las competencias de cada comunidad están detalladas en sus Estatutos de Autonomía, estas son algunas de las atribuciones más destacadas.
Una diferencia muy conocida es la que existe entre Navarra y País Vasco con respecto al resto de España. Estas dos comunidades históricas poseen figuras propias —el Convenio Económico, en el caso de la Comunidad Foral, y el llamado cupo vasco— que las distinguen del conocido como régimen común. Así, Navarra y la CAV recaudan todos los impuestos y después llegan a un acuerdo con el Estado (que normalmente les favorece) para hacer su aportación a la caja común estatal. En las otras quince autonomías, por el contrario, es la Administración Central la que se encarga de recoger los impuestos para luego ceder una parte a las Comunidades Autónomas.
Otra competencia especial son las policías autonómicas. De nuevo Navarra y País Vasco, junto a Cataluña y Canarias, tienen cuerpos de seguridad específicos que acompañan a la Guardia Civil y al Cuerpo Nacional de Policía. Curiosamente, el Estatuto de Autonomía de Andalucía también recoge, en su artículo 65, la posibilidad de crear una fuerza policial para esta comunidad, pero hasta la fecha esa competencia permanece sin activar.
Por otra parte, a la espera de lo que acabe ocurriendo con el País Vasco, Cataluña es la única Comunidad Autónoma con competencias en prisiones. Es una de las 189 de las que disfruta, la que más de todas las autonomías según el Ministerio de Política Territorial. La de instituciones penitenciarias la disfruta desde 1983 y en las últimas semanas se ha hecho notar con la concesión de permisos a los presos del procés.