Comienza un largo camino judicial para Íñigo Errejón: se le aplicará la ley más favorable de las tres posibilidades que tiene
El caso ha recaído en el juzgado de instrucción número 47 de Madrid que dirige Adolfo Carretero
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El juzgado de instrucción número 47 de Madrid será el encargado de investigar la denuncia de violencia sexual que la actriz Elisa Mouliaá ha puesto contra el ex portavoz de Sumar en el Congreso, Íñigo Errejón, como ha adelantado la Cadena COPE.
La actriz, en su denuncia ante la Unidad de Atención a la Familia y Mujer (UFAM) de la Policía, describe que el político -que ayer renunciaba a su acta de diputado y dejaba la actividad pública-, "la metió en su habitación, cerró el pestillo, la empujó contra la cama, sacó sus genitales y empezó a besarla y tocarla por todo el cuerpo. La denunciante se sintió paralizada y no consintió nada de lo que sucedió".
Además, subraya que fueron tres agresiones sexuales que ocurrieron en un ascensor de camino a la casa, en una habitación de la fiesta que el entonces diputado cerró con pestillo y, por último, en el domicilio de Errejón, donde la mujer tuvo que decirle: "Solo sí es sí. Parece mentira que me esté pasando esto contigo".
Será un proceso judicial largo
En Mediodía COPE, la jefa de Tribunales de COPE, Patricia Rosety, ha explicado el proceso judicial que se inicia a partir de ahora para el ya expolítico.
"Proceso que va a ser lento porque hablamos de Errejón, que hasta ayer mismo era diputado. Una vez recibida la denuncia, el juez tiene que dirigirse al Congreso de los Diputados para que le confirmen oficialmente si Íñigo Rejón es diputado o no, no le sirve que se haya publicado en los medios de comunicación, necesita la certificación oficial de la Cámara Baja y cuando responda el Parlamento y compruebe que ya no es diputado, que ya no es aforado, entonces empezará el procedimiento en ese juzgado, en el 47 , que dirige el juez Adolfo Carretero ( el mismo que llevó la investigación del caso de las mascarillas el que estaba imputado el hijo de Naty Abascal).
El hecho de que los delitos se cometieron en el año 2021, cuando aún no estaba en vigor la llamada ley del solo sí es sí -con la que se pasó a considerar como agresión sexual lo que antes se consideraban abusos-, en este caso ¿qué criterio se aplicará y qué penas podrían llegar a suponer?
Fuentes jurídicas explican a COPE que primero hay que ver de qué se le acusa en la denuncia. Los hechos denunciados sucedieron en 2021 y la ley del solo sí es sí entró en vigor el 7 de octubre de 2022, en 2023 hubo una modificación que creó un subtipo agravado de agresión sexual cuando se produce con violencia o intimidación.
Aquí puede estar la clave: la violencia o intimidación y se le aplicará, según las fuentes consultadas por COPE, la ley más favorable de las tres posibilidades que tiene.