El juez desautoriza varias restricciones por la Covid-19 en Campo de Criptana
Según el juez, estas medidas no reunían los requisitos mínimos de proporcionalidad y vulneran derechos fundamentales
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Ciudad Real ha rechazado varias de las medidas adoptadas por la administración sanitaria castellano-manchega para hacer frente a la pandemia en Campo de Criptana, como ya hizo ayer en el caso de la cercana localidad de Alcázar de San Juan.
En un auto fechado el 23 de agosto y conocido este domingo, el juez ratifica el grueso de las medidas adoptadas para Campo de Criptana en una resolución de la Delegación Provincial de Sanidad pero excluye varias, como el uso obligatorio de mascarillas en cualquier espacio o el cierre cautelar de parques y jardines.
Según han informado a Efe fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, tampoco ratifica la prohibición de fumar en terrazas independientemente de la distancia, no permitir salidas de residentes de centros socio-sanitarios salvo razones de "fuerza mayor", la suspensión de las actividades colectivas de ocio - por el carácter genérico e indeterminado de la medida - y el cierre cautelar de parques y jardines.
A juicio del juez, estas cinco medidas no reúnen los requisitos mínimos de proporcionalidad y vulneran derechos fundamentales sin la debida justificación y motivación. El resto de medidas se ratifican judicialmente para un plazo inicial de 14 días, a expensas de la evolución de la situación epidemiológica en la localidad.
En el auto se tiene en cuenta, además, la cercanía a la localidad de Alcázar de San Juan, donde ayer tomó una decisión similar respecto a las restricciones aprobadas en la localidad.