La puerta que abre la investigación al Gobierno de Sánchez por no dotar de material a los sanitarios

El Supremo pide a los juzgados de instrucción que determinen quién era el responsable de proporcionar los EPIS para investigar, en su caso, a los miembros del Ejecutivo

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Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

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El Tribunal Supremo ha inadmitido 20 querellas y 30 denuncias presentadas en los últimos meses por distintos sindicatos, organizaciones profesionales y familiares de víctimas del coronavirus, entre las que se encuentran las de Vox, contra el Gobierno por su gestión de la pandemia. El alto tribunal considera que no está debidamente justificada la autoría de los hechos atribuida a los miembros del Ejecutivo, motivo en el que ampara esta decisión.

Sin embargo, el alto tribunal sí se muestra favorable a investigar los delitos contra los derechos de los trabajadores por no haberles proporcionado EPIS suficientes a los sanitarios y miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. El alto tribunal no descarta este delito, pero precisa que primero es necesario identificar a los responsables de esta situación, es decir, a las autoridades que tenían la obligación de proporcionar esos medios a médicos y policías y no lo hicieron, ya sean miembros del Gobierno Central o de los autonómicos.

Y es que, la Sala explica que el delito sanciona a los sujetos que están “legalmente obligados” a dispensar esa protección, y en el caso de la Administración pública es una “organización compleja”, por lo que primero hay que depurar responsabilidades.

“Aquellos que ocupan el puesto más alto de la estructura jerárquica de la Administración, por este mero hecho, no pueden ser considerados responsables in integrum de todas y cada una de las conductas ejecutadas por otros y que han podido generar o incrementar el riesgo para la vida o la salud de los trabajadores o funcionarios”, explica el Tribunal Supremo. Sin embargo, argumenta que, aunque las querellas no ponen de manifiesto indicios concretos que permitan conectar directamente a las personas aforadas con cada uno de los hechos generadores de su obligación de actuar, nada impide la apertura de una investigación jurisdiccional encaminada a determinar, en cada caso, “quién era la autoridad legalmente obligada a prestar lo medios indispensables para que los trabajadores desempeñaran su actividad conforme a las normas de seguridad“.

LAS MUERTES EN RESIDENCIAS DE LA TERCERA EDAD

“Sólo así se estará en condiciones de conocer, con los efectos penales que de ello pueden derivarse, sobre quién recaía, por su condición de garante, el deber de proporcionar esos instrumentos llamados a evitar el riesgo de contagio. Esa investigación permitirá también indagar, no ya la subsunción de las conductas imputadas en el tipo objetivo -la infracción del deber de actuar-, sino si las omisiones detectadas fueron el fruto de una conducta intencionada o negligente, colmando así las exigencias del tipo subjetivo”, razona el alto tribunal.

Por ello, el alto tribunal sí está de acuerdo en investigar los delitos contra los derechos de los trabajadores, pero previamente se debe determinar quién era, en cada caso concreto, la autoridad legalmente obligada a proporcionar esos recursos. De ahí que ordene que se remitan las querellas a los juzgados de instrucción para que investiguen quién era el responsable de proporcionar los EPIS, de forma que si fuera algún miembro del Gobierno, el juzgado que lo hubiera investigado podría elevarle una exposición razonada para que el Supremo lo investigue.

Lo mismo en cuanto a las muertes en las residencias de la tercera edad. El Tribunal considera que estos hechos son graves y también merecen una investigación, pero antes de imputar a algún miembro del Gobierno es necesario investigar las circunstancias concretas de cada caso. “Es necesario que existan datos objetivos que permitan imputar los concretos resultados lesivos producidos en cada caso y sobre cada persona afectada, lo que exige la evaluación, aunque sea provisional, de las circunstancias concretas en la que estos resultados se produjeron”. Pero la Sala acuerda enviar a los juzgados de Madrid las denuncias y querellas por los fallecimientos de ancianos en residencias a fin de investigar los hechos.

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