Sin micrófonos: fijos o móviles, los radares tienen el mismo margen de error
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Lo acaba de establecer el Tribunal Supremo. Fijos o móviles, los radares tienen un margen de error del 5%. La Sala Penal se pregunta lo que no aclara el Ministerio, si un radar sobre un trípode o un coche parado es un instrumento fijo o móvil para determinar un error de un 5% ó un 7%. Un dato importante porque en función del margen de error un conductor puede ser condenado o no. Según las órdenes ministeriales el margen de acción en un fijo es del 5% y en uno móvil de 7%.
El Supremo aclara la cuestión tras rechazar el recurso de un conductor de Navarra, condenado por un delito contra la seguridad vial a una multa de más de mil euros por circular a más de 214 kilómetros por hora por una autopista cuando el límite es de 120 kilómetros por hora. Iba en dirección a Zaragoza. Además, le fue retirado el carnet de conducir durante un año. En primer lugar, el conductor fue absuelto por un juzgado de lo Penal de Pamplona que entendió que el aparato de medición era móvil y aplicó un margen de error del 7%. Pero la Audiencia Provincial de Navarra entendió que el sistema de medición era estático y el margen de error era del 5%. Revocó la decisión del juzgado de Pamplona y condenó al conductor.
Los radares fijos se instalan sobre elementos inmuebles, con carácter permanente, como pueden ser un arco, un edificio, un poste o un pórtico de carretera, y los móviles se trasladan de un lado a otro, y pueden ser colocados sobre un trípode o un coche parado. Y miden en situación de parados. Son estáticos, señala el Supremo, y se les atribuye el margen de error de los fijos. Una catalogación lógica, según el Alto Tribunal.