La Policía detiene en Bilbao al etarra Liher Rodríguez Aretxabaleta

LIHER ARRETXABALETA

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

4 min lectura

La Audiencia Nacional ha condenado a los etarras Liher Aretxabaleta -detenido este lunes en Bilbao- y Alaitz Aramendi Juanarena a 535 años a cada uno como autores de un atentado con furgoneta bomba en distrito madrileño de San Blas, el 25 de mayo de 2005, que al estallar hirió directamente a 45 personas, 14 de ellas policías.

Liher Aretxabaleta ha sido detenido por la Guardia Civil en Bilbao por orden de la Audiencia Nacional para la ejecución de la sentencia, mientras que Alaitz Aramendi cumple condena en Francia.

En la sentencia, la sección segunda de la Sala de lo Penal da por probado que, en la noche del 24 al 25 de mayo de 2005, ambos acusados se desplazaron a la localidad madrileña de El Escorial para robar un vehículo con el fin de colocarle un explosivo y cometer un atentado en Madrid.

Allí, tras forzar sin éxito un Renault 5, sustrajeron una furgoneta Renault Express y se dirigieron al municipio cercano de Valdemorillo, donde prepararon un artefacto de entre 18 y 20 kilos de mezcla explosiva y lo depositaron en el maletero del vehículo.

Posteriormente, dejaron el vehículo aparcado a la altura del número 4 de la calle Rufino González, esquina con la calle Alcalá, en el distrito de San Blas, "con el fin de causar el mayor daño material posible y ocasionar la muerte o lesiones a las personas cercanas al lugar".

A las 8.45 horas del 25 de mayo, un hombre llamó al diario "Gara" en San Sebastián y tras decir que hablaba en nombre de ETA, alertó de que a las 9.30 iba a explotar una furgoneta Renault Express en ese lugar, sin aportar ningún dato más.

A la hora prevista la furgoneta explotó, provocando lesiones, fundamentalmente traumas acústicos, a los policías y viandantes que se encontraban en las inmediaciones, además de causar numerosos desperfectos en vehículos y edificios colindantes, por lo que también han sido condenados a indemnizar a sus víctimas por un total de casi medio millón de euros.

Las indemnizaciones a los policías van de 60 a 2.000 euros y para los demás heridos oscilan entre 600 y 45.300, mientras que por los daños las cantidades abarcan de los 27,40 euros a los 10.936 euros.

Además deberán también indemnizar al Ayuntamiento de Madrid con 407.578 por los daños en el pavimento, en el arbolado y los desperfectos en diferentes inmuebles.

La principal prueba para condenarles es el perfil de ADN de Liher Aretxabaleta hallado en un Renault 5 que fue forzado en El Escorial la misma noche en que robaron la furgoneta Renault Express, ya que no parece "concebible" que varios integrantes de ETA "intentarán sustraer los referidos vehículos en las mismas circunstancias de tiempo y lugar sin que exista una estrecha conexión entre los mismos", argumenta el tribunal.

A ello añade el hecho de que agentes de la Policía municipal de Valdemorillo observaron la presencia de un vehículo sospechoso y al verlos una mujer, presuntamente la otras acusada, les saludó y les dijo que venían de Ávila y se dirigían a Madrid, momento en el que vieron en el asiento del conductor a un hombre corpulento, moreno y de pelo corto.

Tras el atentado y conocerse que el vehículo de esa pareja coincidía con el de la furgoneta bomba, fue inspeccionado el paraje en el que se produjo ese encuentro y allí hallaron "material susceptible de haber sido empleado en la confección de algún artefacto explosivo", una botella de agua y tres bolsas de basura.

Lo que, según la sentencia, permite concluir que las "dos personas, hombre y mujer, que fueron interceptados por los agentes de la policía municipal de Valdemorillo, eran los mismos que previamente habían sustraído" la furgoneta en El Escorial.

La Sala afirma que esta "convicción" no puede considerarse "arbitraria" sino "por el contrario concurre sobre tal extremo prueba de cargo suficiente", ya que el perfil genético de Arachavaleta fue hallado no solo en el Renault 5 sino también en la botella de agua encontrada en Valdemorillo.

La condena impuesta son 210 años de cárcel por 14 delitos de asesinato terrorista intentado, en su modalidad agravada, por los policías heridos, y 310 años por otros 31 delitos de asesinato terrorista intentado, a lo que se suma una pena de 15 años por estragos terroristas en concurso con tenencia de explosivos.

Los dos etarras ya habían sido condenados en Francia por delitos de terrorismo y tenencia ilícita de armas, de hecho, Alaitz, cumple allí una condena de 18 años impuesta en 2011.  

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