¿Por qué huye Anna Gabriel a Suiza y no a otro país?

La exdiputada de la CUP se refugia en el país helvético consciente de que su legislación no tipifica los delitos de rebelión ni sedición, lo que podría impedir su extradición a España para comparecer ante la justicia

DEBATE INVESTIDURA CARLES PUIGDEMONT

Marcelino Abad

Publicado el - Actualizado

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La decisión de la exdiputada de la CUP Anna Gabriel de refugiarse en Suiza ante la citación del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que instruye el 1 de octubre, y que podría ordenar entre otras medidas cautelares su ingreso en prisión provisional por la comisión de un posible delito de rebelión con ocasión de la declaración unilateral de independencia, nada tiene de casual.

Y es que, a pesar de que España tiene un convenio de extradición con el país helvético -que no forma parte de la Unión Europea y, por tanto, no está sometido a la orden europea de detención-, el mismo condiciona la entrega de los nacionales al principio de reciprocidad, esto es, a que los delitos por los que el Estado requirente solicita su entrega existan en la legislación penal del requerido.

Una circunstancia que no se cumple en el caso de Suiza por cuanto que su legislación penal no tipifica ni el delito de sedición –alzarse pública y tumultuariamente para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las Leyes o a cualquier autoridad o funcionario público el legítimo ejercicio de sus funciones- ni el de rebelión –consistente en levantarse violenta y públicamente para derogar, suspender o modificar total o parcialmente la Constitución-. De ahí que en una entrevista concedida al diario suizo ‘Les Temps’, la exdiputada afirme que “como no tendré un proceso justo en mi país, busco un país que puede proteger mis derechos".

No obstante, el Código Penal suizo sí castiga en su artículo 265 los delitos contra el Estado, en concreto, señala que “cualquier persona que lleva a cabo un acto con el objetivo, a través del uso de la violencia, de cambiar la constitución de la Confederación o de un cantón o deponer a las autoridades estatales designadas constitucionalmente o incapacitarlas para ejercer sus poderes o de separar una parte del territorio suizo de la Confederación o una parte de un cantón, está sujeto a una pena de cárcel de no menos de un año”.

Un articulado al que podrían aferrarse las autoridades helvéticas para conceder su entrega en el supuesto de que el magistrado Llarena la solicitase a través de la orden internacional de detención que gestiona la Interpol. Y es que, a pesar de que Gabriel reivindica a lo largo de la entrevista que está "siendo perseguida” por su “actividad política”, fruto de su estrategia de internacionalizar el proceso, lo cierto es que no se la investiga por sus convicciones sino por haber proclamado el pasado 27 de octubre la independencia de Cataluña como Estado, de forma unilateral y pese a su patente y reconocida inconstitucionalidad.

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