SUCESOS

Una anciana de 90 años asfixia a otra de 96 en una residencia en Valencia

El suceso que ha dejado en shock a toda la residencia de la localidad valenciana de Chiva está siendo investigado por agentes de la Guardia Civil

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Ainhoa Clavel

Valencia - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

Una anciana de 92 años ha asfixiado a su compañera de habitación, de 96 años, en una residencia de la tercera edad de la localidad valenciana de Chiva, según ha informado el Instituto Armado.

El suceso tuvo lugar en la noche del martes en una residencia de Chiva, cuando una de las internas mató a su compañera por motivos que no han trascendido.

La Guardia Civil está investigando las causas del homicidio y ha destacado la vulnerabilidad de la víctima, tanto por su avanzada edad como por el momento en el que se produjeron los hechos.

Según información recogida por EuropaPress, fueron los responsables de la residencia pública las que alertaron a los agentes del fallecimiento de la residente en extrañas circunstancias.

Una empleada avisó del suceso tras percatarse de que una interna estaba sin vida cuando entró en la habitación para prepararles la medicación. Por el momento la Guardia Civil no ha informado de que se haya detenido a la compañera de la residente y está previsto que hoy se practique la autopsia a la víctima en el Instituto de Medicina Legal (IML).

¿Puede entrar una anciana en la cárcel por homicidio?

Muchas personas piensan que a partir de cierta edad ya no se puede entrar en la cárcel, sin embargo, esto es más una creencia popular, ya que no existe ningún tipo de ley que recoja dicha afirmación, debido a que no hay edad máxima para cumplir condena por un delito.

El artículo 91.1 del Código Penal español hace referencia a la posibilidad de suspensión de la ejecución de la pena para ciertos casos, como personas mayores de 70 años o personas con una enfermedad muy grave, tras acreditar los informes médicos al juez de vigilancia penitenciaria.

Para mayores de setenta años que tengan peligro de vida patente (Artículo 91.3) y los servicios médicos del establecimiento penitenciario así lo determinen, existe la posibilidad de que el Juez o Tribunal puedan acordar la suspensión de la ejecución del resto de la pena y concederle la Libertad Condicional.

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