El SES recurrirá al Supremo la sentencia que impide a los enfermeros dirigir las zonas de salud

En la actualidad 29 diplomados coordinan zonas de salud de Atención Primaria en Extremadura. SATSE estudiará si se adhieren al recurso de la Junta o estudian otras vías

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Sara García, Consejera de Sanidad y Servicios Sociales

Redacción COPE Extremadura

Mérida - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

El Servicio Extremeño de Salud (SES) recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) que impide a los enfermeros dirigir las zonas de salud de Atención Primaria de la comunidad.

Así lo ha confirmado este jueves la consejera de Salud y Servicios Sociales, Sara García Espada. En la sentencia emitida por el TSJEx, se establece que los centros de salud de la región deben ser dirigidos exclusivamente por titulados del grupo A1 (médicos, veterinarios, farmacéuticos) y que a tales cargos no pueden acceder titulados del grupo A2 (enfermeros, fisioterapeutas y trabajadores sociales).

García Espada ha mostrado su respaldo la "gestión eficiente y satisfactoria" llevada a cabo por los profesionales de salud que actualmente dirigen los equipos de Atención Primaria y los puntos unificados de Atención Continuada de la región.

Por este motivo, la consejera de Salud ha mostrado que el SES respeta la sentencia del TSJEx, pero ha decidido agotar la vía judicial, por lo que se recurrirá el auto ante el Tribunal Supremo.

Con esta determinación, el SES manifiesta su "pleno respaldo" a la "satisfactoria labor de gestión" llevada a cabo por el personal sanitario en el ámbito de la Atención Primaria de la región, tanto A1 como A2, ha resaltado la consejera.

POSICIÓN DE SATSE

Los servicios jurídicos del Sindicato de Enfermería (SATSE) de Extremadura estudiarán si se adhieren al recurso que el Servicio Extremeño de Salud (SES) presentará al Tribunal Supremo. Así lo ha dicho el portavoz de SATSE en Extremadura, Gonzalo Gallego Muñoz.

Asegura que además del recurso una opción puede ser la modificación del articulado que regula las direcciones y subdirecciones de zona y ha remarcado que "en ningún caso" los enfermeros y enfermeras que están dirigiendo estos centros hacen funciones asistenciales, sino de coordinación administrativa, como pedido de material o solventar incidencias.

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