La CEE firma un acuerdo de colaboración con Transparencia Internacional España

La CEE firma un acuerdo de colaboración con Transparencia Internacional España

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

7 min lectura

La CEE firma un acuerdo de colaboración con Transparencia Internacional España

La Conferencia Episcopal Española (CEE) y Transparencia Internacional España han firmado, el martes 31 de mayo de 2016, un acuerdo de colaboración entre ambas instituciones. El acuerdo ha sido firmado esta mañana por D. José María Gil Tamayo, Secretario General de la CEE, y D. Jesús Lizcano Álvarez, Presidente de Transparencia Internacional España, en la sede de la Conferencia Episcopal. En el acto ha intervenido también D. Fernando Giménez Barriocanal, Vicesecretario para Asuntos Económicos de la CEE.

Este acuerdo, que busca lograr una mayor transparencia en el funcionamiento de la CEE, pone de manifiesto el interés de esta institución en implementar una política que conduzca a este objetivo y haga de ello en eje fundamental de su actividad.

Transparencia Internacional España (TIE) es una asociación que busca propiciar de forma permanente y continuada el incremento del nivel de información y apertura de las instituciones españolas para el conocimiento de los ciudadanos.

Por el acuerdo firmado hoy, la CEE se compromete a dotarse de una política de funcionamiento más transparente, acorde con los estándares que rigen en esta material y a establecer medidas de transparencia y de apertura de datos que faciliten la rendición pública de cuentas de la CEE.

Algunas de esas medidas, recogidas en el Anexo del acuerdo, están ya implementadas en la actividad de la CEE. Son por ejemplo, los compromisos de dar a conocer los resultados de las Campañas del IRPF, ofrecer la información económica sobre el destino de los fondos recaudados a través de la Declaración de la Renta o elaborar la Memoria de actividades de la Iglesia en España, someterla a una revisión externa acreditada y difundirla ante la sociedad.

Otras, como impulsar el Portal de Transparencia en todas las diócesis españolas, desarrollar una adaptación del Plan Contable para las entidades religiosas o desarrollar manuales de buenas prácticas que puedan servir en los ámbitos diocesanos, serán implementadas progresivamente.

Este acuerdo de colaboración tendrá una vigencia de dos años prorrogables y contará con una comisión de seguimiento formada por D. Fernando Giménez Barriocanal y Dña. Ester Martín Domínguez, por parte de la CEE, y de D. Jesús Lizcano Álvarez y D. Beltrán Gambier, por parte de TIE.

TIE realizará el control periódico y el asesoramiento necesario de la CEE para cumplir con los objetivos establecidos por Transparencia Internacional.

Convenio de colaboración entre la Conferencia Episcopal Española y Transparencia Internacional España

REUNIDOS

De una parte, D. José María Gil Tamayo, Secretario General de la Conferencia Episcopal Española (CEE), con nombramiento vigente desde 20 de noviembre de 2013 y facultado para la suscripción del presente Convenio en virtud de lo previsto en los estatutos de la Conferencia Episcopal Española aprobados el 28 de noviembre de 2008.

Y de otra, el presidente de Transparencia Internacional España, D. Jesús Lizcano Álvarez, representante legal de dicha entidad según consta en los estatutos vigentes de esta asociación, inscrita oficialmente en el Registro Nacional de Asociaciones con fecha 2 de octubre de 2006 y número de registro 587830.

Ambas partes comparecen en nombre de las Instituciones a las que respectivamente representan, de modo recíproco se reconocen capacidad para formalizar el presente convenio y por ello

EXPONEN

PRIMERO. Con fecha 10 de diciembre de 2013 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, cuyo objeto es ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos y las entidades privadas que reciben fondos públicos, así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento.

SEGUNDO. La Conferencia Episcopal Española está interesada en implementar una verdadera política de transparencia en su funcionamiento, que constituya un eje fundamental de su actividad, convirtiéndose de esta forma en un modelo de gestión transparente.

De esta forma, incluye un extenso catálogo de obligaciones de publicidad activa con las exigencias básicas estatales, facilita el derecho de acceso a la información pública de los ciudadanos y establece instrumentos y medidas de fomento de la participación ciudadana.

TERCERO. Transparencia Internacional España (en adelante TIE) es una asociación constituida al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y de sus normas complementarias, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.

Entre los objetivos de TIE se encuentra el de desarrollar actuaciones que permitan propiciar de forma permanente y continuada el incremento del nivel de información y apertura informativa que las distintas instituciones públicas y/o privadas españolas generan para conocimiento de la ciudadanía.

TIE desea colaborar actualmente en la implementación de prácticas de transparencia en la CEE.

Por lo anteriormente expresado, las partes firmantes del presente convenio, al objeto de lograr una mayor transparencia en el funcionamiento de los poderes públicos, acuerdan someterse a las siguientes

CLÁUSULAS

PRIMERA. Objeto.

El presente convenio tiene por objeto la colaboración entre la Conferencia Episcopal Española y la entidad Transparencia Internacional España en favor de la finalidad común de lograr una mayor transparencia en el funcionamiento de la CEE.

SEGUNDA. Compromisos de la Conferencia Episcopal Española.

1.- La Conferencia Episcopal Española se compromete por la firma del presente convenio a dotarse progresivamente de una política de funcionamiento más transparente y acorde a los estándares nacionales e internacionales en esta materia, a partir de la normativa vigente y con arreglo a las limitaciones derivadas de la misma.

2.- Igualmente, se compromete, conforme contempla el Anexo del presente convenio, a establecer medidas de transparencia y de apertura de datos que faciliten la rendición pública de cuentas de esta institución.

TERCERA. Compromisos de TIE.

TIE se compromete a realizar el control periódico y el asesoramiento necesario a la CEE para cumplir con altas cotas de calidad los objetivos establecidos por Transparencia Internacional, especialmente en todos los puntos relacionados en el Anexo de este convenio.

CUARTA. Comisión de seguimiento.

Para el seguimiento de la ejecución y desarrollo del presente convenio se crea una comisión de seguimiento, compuesta por cuatro miembros e integrada por dos representantes de cada una de las instituciones firmantes, de acuerdo con lo siguiente:

La comisión se reunirá, al menos una vez al año y cuantas veces sea preciso para la buena marcha de la ejecución del convenio, a petición de cualquiera de las partes.

Corresponderá a la comisión de seguimiento velar por el correcto cumplimiento del convenio, impulsando la realización de cuantas actuaciones sean necesarias para su desarrollo y ejecución.

QUINTA. Vigencia del convenio.

El presente convenio tendrá una duración de dos años a partir del día de su firma y será prorrogable mediante acuerdo expreso de ambas partes por igual periodo. Dicho acuerdo se materializará mediante documento conjunto suscrito por ambas partes.

SEXTA. Extinción del convenio y resolución anticipada.

El presente convenio se extinguirá por la expiración del tiempo convenido sin ser prorrogado.

Además, el convenio se podrá resolver por cualquiera de las siguientes causas:

SÉPTIMA. Protección de datos.

El cumplimiento de las obligaciones de este convenio se ajustará a las exigencias derivadas de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, en lo que corresponde a la confidencialidad de la información y los resultados, aplicando las medidas de carácter técnico, administrativo, informático y organizativo que resulten necesarias para cumplir los requisitos legales y, en particular, garantizando la seguridad e integridad de los datos y su protección frente a alteraciones, pérdidas, tratamientos o accesos no autorizados.

OCTAVA. Financiación.

De los compromisos asumidos por las partes como consecuencia del presente Convenio no se derivan de forma directa obligaciones económicas con repercusión presupuestaria.

NOVENA. Naturaleza y cuestiones litigiosas.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del presente convenio y que no puedan resolverse por la comisión de seguimiento, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

De conformidad con todo lo expuesto y en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares los firmantes, suscriben el presente convenio, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha en el encabezamiento indicado.

nuestros programas

ECCLESIA ALVARO SAEZ

Ecclesia

Con Álvaro Sáez

Domingos a las 13:00h