La Generalitat de Cataluña limita el aforo a los templos y lugares de culto al 70%

El 70% de aforo se aplicará en espacios cerrados en velatorios, entierros, ceremonias fúnebres, actos y servicios religiosos y otras ceremonias

La Generalitat de Cataluña limita el aforo a los templos y lugares de culto al 70%

Redacción Religión

Publicado el - Actualizado

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Ante la evolución actual de la pandemia de la covid-19 y de las medidas de contención que ha actualizado el Departamento de Salud de la Generalitat de Cataluña, vuelven las medidas de limitación de aforo en los centros de culto (70%) y el toque de queda.

También el arzobispado de Barcelona asume las nuevas medidas de contención anti-covid ya que estas medidas han sido validadas este jueves por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. El 70% de aforo, según indica este nuevo paquete de medidas, se aplicará en espacios cerrados en velatorios, entierros, ceremonias fúnebres, actos y servicios religiosos y otras ceremonias, garantizando la distancia de seguridad y una ventilación adecuada.

En relación al toque de queda, que se ha decretado para las poblaciones de más de 10.000 habitantes y con incidencia alta de coronavirus, será de la una de la madrugada a las seis de la mañana. A falta de la resolución definitiva sobre qué zonas se ven afectadas, son 125 los municipios que, a partir de hoy, volverán al confinamiento nocturno.

Estas medidas serán de aplicación desde esta medianoche y durante 14 días. Se pueden consultar las medidas de contención que ha actualizado el Departamento de Salud de la Generalitat de Catalunya, así como también las poblaciones de más de 10.000 habitantes i con incidencia alta de coronavirus en este enlace.

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Las medidas en Cataluña ante el aumento de contagios

Entre las nuevas medidas se incluye la limitación de las reuniones sociales a un máximo de 10 personas tanto en el exterior como en el interior y en el ámbito público y privado, así como el cierre de los establecimientos del ocio nocturno. Las empresas de servicios y el comercio minorista tendrán el aforo limitado al 70% mientras que, en la restauración, será del 50% en el interior y se deberá mantener una distancia obligatoria de 1,5 metros entre mesas en el exterior.

En cines, teatros, auditorios, circos y similares el aforo será del 70%, así como en bibliotecas, archivos, salas de exposiciones, monumentos, centros culturales, parques de atracciones y equipamientos cívicos; y también en salas de concierto, en las que el público tendrá que estar sentado.

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