Así puedes solicitar el ERTE para tu empresa y la ayuda de autónomo si te afecta la DANA en Paiporta, La Torre u otros puntos de Valencia
Ante la catástrofe, empresarios y empleados miran preocupados la situación económica que deriva de las consecuencias de la DANA
Madrid - Publicado el - Actualizado
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La DANA no solo ha arrasado con familias y hogares, también con miles de negocios. Como te hemos contado en 'Herrera en COPE', hay 54.000 empresas en esas zonas destruidas que incluyen a más de 377.000 trabajadores.
Lorenzo Amor, presidente de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA), ha explicado que hay unos 51.000 autónomos en las zonas afectadas por las riadas. Lo que supone que uno de cada tres trabajadores por cuenta propia han visto cómo desaparecía su negocio.
Las medidas del gobierno para las empresas
Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración han puesto en marcha una serie de medidas de protección disponibles para trabajadores ante la incertidumbre de qué pasará con sus empleos o negocios.
De cara a ayudar a las empresas, han dispuesto que las empresas puedan acogerse a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por motivos de fuerza mayor. De esta manera, la empresa puede suspender temporalmente la relación laboral o reducir la jornada y se tiene en cuenta una exención 100% en las cotizaciones de la Seguridad Social.
Para solicitarlo, se puede hacer a través del 060, número de atención telefónica de las oficinas de la Seguridad Social.
También se puede hacer por medio de la sede electrónica del SEPE. Es importante indicar en la solicitud en el apartado de "Observaciones" que se trata de un ERTE FM y añadir el nombre de la empresa.
Al presentar la solicitud, hay un plazo de cinco días para resolverla y, si se agotase este plazo, se da por hecho que se aplica el silencio administrativo positivo.
¿Y si soy un empleado?
Aquellos que formen parte de una empresa que haya solicitado un ERTE por fuerza mayor, verán sus contratos suspendidos o con una jornada reducida de hasta el 70% de las horas, recibiendo un salario complementado por una prestación parcial por desempleo.
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Sin embargo, hay que destacar que esta prestación es independiente de la que se recibe por desempleo y que acumula cada empleado.
El Ministerio de Trabajo, por su parte, ha explicado que el teletrabajo estará disponible para todos aquellos que tengan dificultades para ir a trabajar de manera segura. Además, se podrán ausentar del trabajo si:
- Si el desplazamiento pone en riesgo tu seguridad o interfiere en labores de rescate y recuperación y la actividad es incompatible con el teletrabajo.
- Si tienes que atender a familiares desaparecidos o hacerte cargo de familiares fallecidos.
- Si por haber perdido tu vivienda o enseres, no estás en disposición de acudir a tu puesto de trabajo.
- Si tienes que hacer frente al cuidado de familiares después de que hayan cerrado colegios, residencias o servicios públicos en general.
Además, respecto a aquellas personas que reciben el Ingreso Mínimo Vital, el Ministerio ha puesto a disposición el teléfono corto 020 y han reforzado la plantilla de atención telefónica en un 40%.
¿QUé ocurre con los autónomos?
En el caso de estos, podrán solicitar el cese de actividad por fuerza mayor. Para ello, hay que acudir a la mutua colaboradora de la Seguridad Social del trabajador.
Aclaran que no se exigirá cotización previa, cuando normalmente es de 12 meses antes del suceso; no consumirá prestación y el periodo de cobro se considerará como cotizado.
Para los autónomos no es suficiente
Por su parte, la ATA pide al Gobierno ayudas directas urgentes de hasta 6.000 euros para los autónomos individuales que soliciten la prestación por cese de actividad por fuerza mayor a fin de que pueda reconstruir su negocio y actividad, ya que, en la pandemia no se destruyeron los locales y ahora sí.
Además, propone que esta ayuda pueda llegar hasta los 12.000 euros si el autónomo ha mantenido una plantilla de dos trabajadores en el último año. En ambos casos, los perceptores tendrían la obligación de mantener la actividad y el empleo durante al menos 24 meses posteriores a recibir la ayuda.
Por último, también reclama el aplazamiento de impuestos y cotizaciones sin intereses, la suspensión del segundo pago de la Renta 2023 para todos los autónomos, el establecimiento urgente de una línea de Créditos ICO para autónomos afectados por la DANA, con interés reducido y cinco años para su devolución, y la supresión de intereses, recargos y sanciones para los afectados, entre otras peticiones.