¿Qué dice el BOE sobre las medidas de distanciamiento que hay que tomar en un avión?
El Boletín Oficial del Estado ha publicado una orden donde explica cómo serán los viajes en avión en la Fase 1 de la desescalada
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El coronavirus ha cambiado nuestros hábitos cotidianos y los seguirá cambiando mientras no haya una vacuna y tengamos que vivir en lo que han denominado “nueva normalidad”. Al igual que los establecimientos hosteleros como bares y restaurantes o los comercios, los vuelos también tendrán que adaptarse y cumplir con las medidas de seguridad planteadas por el Ministerio de Sanidad. Sobre todo, para evitar aglomeraciones como el protagonizado por los pasajeros del B3838 Madrid-Las Palmas de Iberia Express.
Las medidas de distanciamiento en un avión
Los viajeros a bordo de avión de la aerolínea Iberia Express no podían establecer la distancia de seguridad, una medida que es imprescindible para evitar que se transmita el virus, si es el caso de que una persona está contagiada. Los viajeros abordo no solo protestaban por la no distancia de seguridad sino por la cantidad de personas que viajaban en el avión.
Tras el polémico video, la compañía de la aerolínea explicó que “cumple con todas las normas de seguridad marcadas por las autoridades” y que los aviones tienen un “sistema de aire que permite la renovación cada dos y tres minutos -mediante un filtro HEPA– con una eficiencia del 99,9 por ciento contra virus y bacterias, por lo que el riesgo de contagio es bajo”.
Algunas aerolíneas planteaban la posibilidad de eliminar el asiento central o incluso colocarlo de forma inversa para evitar contagios. Sin embargo, Iberia Exprés explicaba toda la industria aérea habían expresado que el que esta medida no es necesaria para dar mayor seguridad ya que el avión ofrece unas características específicas que hacen el riesgo de contagio sea bajo.
Esta aerolínea ha asegurado que el sistema de desinfección y limpieza diaria se ha reforzado, y se han eliminado servicios como el catering.
El BOE, sobre los vuelos durante el confinamiento
El Boletín Oficial del Estado recogía las medidas de transporte que debían aplicar a las conexiones entre la península, la Comunidad Autónoma de Canarias y las Islas Baleares, en la orden del 17 de marzo, tres días después de la activación del estado de alarma.
Esta publicación establecía que desde las 00:00 horas del 29 de marzo de 2020 se prohibía “la realización de cualquier tipo de vuelo comercial o privado, con origen en cualquier aeropuerto situado en el territorio nacional y destino cualquier aeropuerto situado en el territorio de Canarias”; aunque había algunas excepciones como dos dos vuelos diarios entre Madrid y la isla de Gran Canaria, dos vuelos al día entre Barcelona y la isla de Gran Canaria, un vuelo al día entre Bilbao y la isla de Gran Canaria o un vuelo al día entre Sevilla y la isla de Gran Canaria, entre otros.
El Real Decreto del 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma establecía que "en aquellos servicios en los que el billete otorga una plaza sentada o camarote", los operadores de transporte "tomarán las medidas necesarias para procurar la máxima separación posible entre los pasajeros", sin especificar nada más.
El BOE, sobre los vuelos en la desescalada
Por tanto, ese marco legal no establecía que los pasajeros tuvieran que dejar un asiento libre.
“Este vacío” cambiando cuando se aplica la fase 1 de la desescalada, donde la orden del 9 de mayo, establece que en materia de movilidad. Según se establece en la Orden TMA/400/2020, se levanta el veto a los vuelos comerciales entre islas, aunque siguen limitados los vuelos entre la península y las islas: “desde las 00:00 horas del día 11 de mayo de 2020 se levanta la prohibición a la realización de operaciones aéreas comerciales regulares» entre las Islas Canarias y entre Baleares, recoge la orden.
Otras de las medidas que ha fijado el Gobierno de España con respecto a los viajes en avión es que las aerolíneas ofrezcan al público “solo el 50% de la capacidad total de cada aeronave para asegurar la debida separación entre pasajeros”. Una restricción que no estaba vigente cuando el pasado domingo realizó su viaje el vuelo de Iberia Express, un día después entraría en vigor esa medida.
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