Las cuatro opciones con las que PP y Vox pretenden demostrar un presunto "pucherazo" de Batet

El catedrático en Derecho Constitucional, Carlos Ruiz Miguel, ha repasado en COPE las opciones que PP y Vox podrían considerar para aclarar la polémica con el voto de Casero

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Las cuatro opciones con las que PP y Vox pretenden demostrar un presunto "pucherazo" de Batet

Antonio José Candel

Publicado el - Actualizado

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"Atropello democrático" y "pucherazo". De esta forma ha calificado tanto el Partido Popular como Vox lo vivido durante la noche de ayer en el Congreso de los Diputados tras la convalidación de la reforma laboral defendida por el Gobierno de Pedro Sánchez. El Pleno del Congreso ratificó el decreto ley gracias a que el diputado del PP por Cáceres Alberto Casero votó a favor de la convalidación, lo que equilibró la balanza a favor de la propuesta del Ejecutivo con 175 votos a favor y 174 en contra.

A pesar de que Casero sostiene que él votó con un ‘no’, el sistema de votación telemática del Congreso contabilizó su voto como un ‘sí’, algo por lo que los partidos de la oposición se han enfrentado a la presidenta de la Cámara, Meritxell Batet, acusándola de “incumplir flagrantemente” la normativa que es obligatoria en el Congreso.

Tanto Casero como su grupo han recurrido a una resolución de Presidencia del año 2012 en la que se establece que se debe comprobar telefónicamente el sentido del voto emitido telemáticamente antes del inicio de la votación.

Sobre este requerimiento a la hora de verificar el sentido del voto ejercido por un diputado en caso de conflicto, según ha confirmado en conversaciones con COPE el catedrático en Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho de Santiago de Compostela, Carlos Ruiz Miguel, efectivamente debe hacerse mediante este medio, es decir, “la presidenta del Congreso tiene que llamar por teléfono al diputado ausente para que le aclare por esta vía cuál ha sido su voto y comprobar así si se ha registrado telemáticamente su sentido para dicha votación. En el caso de que no coincidan, se considera como voto no válido. Si no existe coincidencia, se debe repetir el voto telemático como la llamada telefónica”.

Según el experto, el hecho de que esto “no se ha cumplido” queda patente, ya que “la presidencia no comprobó telefónicamente el sentido del voto”, algo que Meritxell Batet, de momento, no ha negado.

“Sólo tenemos el voto telemático, pero no la llamada telefónica para contrastar el sentido. Esto significa que la votación, por tanto, no es válida”, ha insistido Ruiz Miguel.

Batet no está obligada a convocar a los miembros de la Mesa del Congreso

Sobre si la presidenta del Congreso no convocó al órgano de gobierno de la Cámara para decidir sobre la repetición del voto solicitada por el diputado ‘popular’, el experto ha aclarado que “no tiene que convocarles”.

“La resolución dice claramente que la presidencia comprobará telefónicamente con el diputado autorizado antes del inicio de la votación presencial. Esto es una cuestión entre la presidencia del Congreso y el diputado. Esto es lo que dice la resolución de la Mesa del Congreso de 21 de mayo de 2012”

Asimismo, el catedrático en Derecho Constitucional ha explicado a COPE que sobre esta polémica existe “una gran chapuza y responsabilidades compartidas por muchos sitios”, y sostiene que “si este señor se personó en el Congreso, lo está poniendo peor todavía”, ya que el voto telemático “existe para cuando un diputado está incapacitado”. “Si este señor se presencia en el Congreso es que puede ir a votar presencialmente”, ha zanjado.

“La propia solicitud de voto telemático ya es cuestionable, lo cual también podría dar lugar, aunque deje en un muy mal lugar a este diputado, a si era procedente o no haber concedido este voto telemático. Todo nos conduce a que la votación es irregular. La votación, evidentemente, no ha sido válida”.

Por todo ello, Pablo Casado ha solicitado a la Mesa que se reconsidere “este atropello” y ha avisado que, si no se hace de inmediato, la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, podría “estar prevaricando”. “Y tendría consecuencias judiciales también para ella”, ha apostillado.

En este sentido también se ha manifestado la secretaria general de Vox en el Congreso, Macarena Olona, ha avisado de que la vía penal es “siempre la adecuada cuando hay responsabilidades penales”, si bien ha avanzado que primero presentarán un escrito ante la Mesa del Congreso denunciando lo que ocurrió ayer.

Las cuatro opciones con las que PP y Vox pretenden demostrar un presunto pucherazo de Batet

Por su parte, Carlos Ruiz Miguel ha enumerado a COPE algunas de las vías que se abren ahora para intentar aclarar lo ocurrido y, en su caso, revocar la decisión de la presidenta del Congreso.

“Si sentamos que la votación es fraudulenta, salvo que nos encontremos con la sorpresa de que la presidencia del Congreso confirme que sí habló con el diputado y que constató el sentido de su voto con el registrado telemáticamente, esto significa que el Real Decreto Ley es inconstitucional y que la computación del voto de este diputado es también inconstitucional”.

Otra de las vías que contempla el catedrático en Derecho Constitucional es el de presentar “un recurso de amparo que sólo puede presentar el diputado Alberto Casero por violación del artículo 23 / 2 de la Constitución, que es el derecho de participación en los asuntos públicos que evidentemente implica como diputado que es a que su voto sea adecuadamente computado”.

Agotada la vía parlamentaria, PP y Vox podrían presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la convalidación del Real Decreto Ley. En este caso, “lo pueden presentar o 50 diputados del Grupo Popular o de Vox alegando que se ha aprobado violando el procedimiento legislativo, es decir, con una mayoría falseada u obtenida fraudulentamente”.

Ruiz Miguel sostiene, además, una tercera vía “de la que nadie parece hablar”. Cuando se aplique esta norma a un ciudadano, si esta persona se siente perjudicada por dicha norma “puede recurrir la aplicación que se ha hecho para él ante un Juzgado de lo Social”. En este caso, el juez podría presentar una cuestión de inconstitucionalidad. Es decir, cuando se aplique esta normativa, “si un trabajador considera que esta norma le está perjudicando y la recurre, el Juzgado de lo Social podría cuestionar la constitucionalidad de esta norma con rango de ley que se le pretende aplicar”.

Por último, el catedrático en Derecho Constitucional habla de una opción que devolvería la votación de la reforma laboral al Congreso de los Diputados. “Es algo tan 'sencillo' como presentar una proposición de ley para derogar este Real Decreto Ley y, si se mantiene esa mayoría, se derogará. La derogación podría plantearse una vez que el Real Decreto Ley esté publicado en el BOE”, ha zanjado.

Herrera en COPE

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