Cs tras la exclusión de Cantó de la lista del PP en Madrid: "La ley está para cumplirla"
Edmundo Bal, ha dicho que "la ley está para cumplirla" tras la decisión del Tribunal Constitucional de excluir al exdiputado valenciano de Ciudadanos Toni Cantó de la lista del PP por haberse empadronado en la región después del cierre del censo electoral
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El candidato de Ciudadanos a la Comunidad de Madrid, Edmundo Bal, ha dicho que "la ley está para cumplirla" tras la decisión del Tribunal Constitucional de excluir al exdiputado valenciano de Ciudadanos Toni Cantó de la lista del PP por haberse empadronado en la región después del cierre del censo electoral.
En un coloquio en el Club Siglo XXI, Bal ha mostrado "el máximo respeto" por las decisiones de los jueces, el mismo que habría tenido si el Constitucional hubiera fallado "lo contrario".
"Así somos de raros en Ciudadanos. Nos gustan las sentencias, digan lo que digan, no como otros, como Podemos, que solamente les gustan las sentencias cuando les dan la razón y cuando no les dan la razón hablan del brazo judicial armado de la derecha española, una aberración de expresión", ha comentado.
Si la ley dice que hay que estar empadronado en Madrid con antelación a la convocatoria electoral para poder presentarse a las elecciones, "hay que cumplir con la ley", ha sostenido Bal, quien ha añadido que "si no se cumple con ello, pues al final no te puedes presentar".
"Yo sigo en este partido, no he cambiado de opinión, sigo pensando que está mal repartirse los jueces, sigo pensando que está mal repartirse la tele pública, sigo creyendo en los valores del centro español, y si otros han cambiado de opinión, pues que lo expliquen y se lo pregunten a ellos", ha subrayado.
El Tribunal Constitucional ha decidido que el exdiputado valenciano de Cs Toni Cantó y el exalcalde de Toledo Agustín Conde no podrán concurrir en la lista de los populares para las elecciones autonómicas del 4 de mayo, en una sentencia que ha provocado fuertes discrepancias entre los magistrados.
Fuentes jurídicas han informado de que la Sala Primera del tribunal de garantías ha desestimado el recurso de amparo del PP contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-administrativo 5 de Madrid, que consideró a ambos candidatos inelegibles por haberse empadronado en la región después del cierre del censo electoral.