La ayuda de 1.000 euros de la Seguridad Social que puedes cobrar este diciembre: los pasos para solicitarla
Se trata de una ayuda que pueden percibir algunas familias, toma nota de los requisitos que debes cumplir y de cómo solicitarla
Madrid - Publicado el - Actualizado
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La Seguridad Social cuenta con varias ayudas para distintos tipos de familias que son un tanto desconocidas. Están "destinadas a cubrir la situación de necesidad económica o de exceso de gastos que produce, para determinadas personas, la existencia de responsabilidades familiares y el nacimiento o adopción de hijos en determinados casos" y pueden ser realmente útiles para la economía familiar.
En este caso, te explicamos en qué consiste la de "nacimiento o adopción de hijo, en supuestos de familias numerosas, monoparentales y en los casos de madres o padres con discapacidad". Se trata de un pago único reconocido a ciertos tipos de familias desde noviembre de 2007.
Se pueden beneficiar de esta ayuda aquellos que tenga un hijo nacido o adoptado a partir del 16 de noviembre de 2007 en familias numerosas, monoparentales o cuando la madre tenga discapacidad en un grado igual o superior al 65 %. Además, el nacimiento debe haberse producido en España y, en caso de adopciones, ser reconocidas por la autoridad española competente.
Requisitos para beneficiarse de la ayuda
Tan solo hay que cumplir tres requisitos para solicitar esta ayuda: residir de manera legal en España, no tener derecho a una prestación similar en otro régimen público de protección social y no tener unos ingresos anuales superiores a los establecidos legalmente.
Plazos para solicitar la ayuda
Esta ayuda se puede solicitar desde el día siguiente al que se produce el nacimiento o la adopción del niño. El plazo prescribe cinco años después de este momento. Además, la resolución debe realizarse en los 45 días siguientes a la solicitud de la misma.
Cuantía de la ayuda y cómo se abona
Dicha prestación se recibe en un pago único y el máximo a percibir por parte de la familia es de 1.000 euros. La cifra puede ser menor en función de los ingresos que tienen los progenitores y su relación con los límites establecidos legalmente.
Con qué ayudas es compatible
Aunque existen incompatibilidades, es posible percibir esta ayuda junto a otras también derivadas del nacimiento de un hijo. Se trata de la prestación por parto o adopción múltiples, así como la de orfandad o ayudas locales o autonómicas concedidas cuando la familia aumenta sus miembros.
Cómo solicitar la prestación por nacimiento o adopción
Los trámites se realizan directamente a través de la página web de la Seguridad Social. En este enlace, puedes consultar la información ampliada y acceder al formulario para realizar la solicitud.
Complemento a la infancia en el Ingreso Mínimo Vital
En esta línea, con la aprobación del Ingreso Mínimo Vital (IMV), la Seguridad Social incluye un complemento de ayuda para la infancia que supone un ingreso mensual para ciertas familias, en función de la edad de los niños y de una serie de requisitos de carácter económico.
La cuantía a percibir depende de la edad de los hijos y el número de menores que sean miembros de la unidad de convivencia. La administración contempla que esta sea de 115 euros al mes por cada hijo entre 0 y 3 años de edad, de 80,50 euros al mes por cada hijo entre 3 y 6 años de edad y de 57,50 euros al mes por cada hijo entre 3 y 6 años de edad, es decir, se incrementa cuanto más joven sea el menor afectado por la situación descrita anteriormente. No hay un límite de hijos y es acumulativa.
La fecha tope para solicitar esta ayuda es el 31 de diciembre, aunque se espera que el Gobierno prorrogué algunas medidas de carácter económico y esta estaría incluida entre ellas.