Esto es lo que puede ocurrirte si pones una pegatina de alarma sin tenerla realmente instalada: ¿Hay multa?

Muchas viviendas cuentan con una señal de que hay vídeovigilancia, pero no todas son ciertas: te explicamos cómo diferenciar las reales de las falsas

Cartel de alarma de Prosegur

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

El pasado 2023 se registró un aumento en el número total de robos en viviendas en España, según un estudio que recogía la Unión de Cerrajeros de Seguridad, dejando a Cataluña y Comunidad Valenciana como los puntos 'más calientes' en allanamientos y hurtos en hogares, con casi 5.000 robos sólo en la región catalana en el primer trimestre del año pasado.

Imagen de archivo de varias cámaras de vídeovigilancia

Imagen de archivo de varias cámaras de vídeovigilancia

Por este motivo, muchas personas cada vez se lanzan más a instalar una alarma o un sistema de vídeovigilancia en casa para protegerse de robos. No obstante, no es tan raro el caso de algunos españoles que deciden que, en realidad de gastarse el dinero en instalar todo un dispositivo de seguridad, prefieren sencillamente colocar la pegatina en la fachada de la vivienda avisando de que el sistema está instalado cuando, en realidad, no hay nada. Una práctica que no está claro si está permitido y si conlleva algún tipo de multa. Por eso, te explicamos qué dice la ley sobre estos casos y si existen algún tipo de sanciones.

Es legal pegar un cartel de alarma sin tenerla instalada

Lo cierto es que, si atendemos a la Ley 17/2001 de Marcas y el artículo 274 del Código Penal, es legal colocar un cartel 'falso' de que tenemos una alarma instalada en casa. No obstante, está permitido siempre y cuando este sea genérico. ¿Qué quiere decir esto? Que la pegatina en ningún momento puede hacer mención a ninguna marca especializada en sistemas de seguridad, como Movistar Prosegur, Securitas Direct, ADT o SICOR, por poner algunos ejemplos. Así, no puede aparecer ningún tipo de logo en el cartel.

Un obrero trabaja en una obra en Valencia junto a un cartel de alarma

Un obrero trabaja en una obra en Valencia junto a un cartel de alarma / EFE

Si lo hiciésemos, en realidad estaríamos haciendo un uso no autorizado de una marca registrada e infringiendo un delito contra la propiedad intelectual. Y es que, hay que tener en cuenta, que dentro de las especificaciones que debe contener sí o sí un cartel de alarma es que venga indicado el nombre de la compañía que brinda el servicio por lo que, si no aparece, es que probablemente no hay sistema alguno instalado.

También podemos cerciorarnos de la veracidad del cartel, ese debe incluir, además de la marca de la compañía, el mensaje de la advertencia correspondiente a la Ley de Protección de Datos. Por lo que, si queremos avisar a los ladrones furtivos de que están siendo grabados, estos deben tener conocimiento tanto de la Protección de Datos de su imagen.

Portal perteneciente al edificio de Lavapiés (Madrid) con el cartel de una alarma

Portal perteneciente al edificio de Lavapiés (Madrid) con el cartel de una alarma / EP

¿Pueden multarte por poner un cartel de alarma falso?

Según el mismo artículo del Código Penal mencionado antes, en lo relativo a marcas y nombres comerciales las condenas pueden ir de tres a seis meses de prisión, mientras que puede haber multa de 12 a 24 meses para las acciones ilícitas al por menor. Pero, ¿hay sanciones monetarias? La respuesta es clara, sí.

Otro problema de este tipo de prácticamente, advierten los expertos en seguridad, es que, aunque queramos que estos carteles tengan un efecto disuasorio, en realidad en muchas ocasiones hacen el efecto contrario. Lo que se produce, explican, es un efecto llamada, dando a entender que en el interior hay objetos de valor o contenido interesante para el hurto o el robo.

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