Publicado el texto que limita en La Rioja actividades agrícolas y lúdicas por riesgo de incendio forestal

Se prohibe el uso de cosechadoras, empacadoras y otras máquinas agrícolas susceptibles de generar deflagraciones con temperaturas superiores a 42ºC

Publicado el texto que limita en La Rioja actividades agrícolas y lúdicas por riesgo de incendio forestal

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

3 min lectura

El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) ha publicado hoy, 18 de julio, la resolución del Gobierno de La Rioja que establece limitaciones para la realización de determinadas actividades lúdicas, recreativas y agrícolas en base al riesgo de incendio forestal que entrañan.

En este sentido, esta resolución establece la forma y condiciones en que se realizarán las actividades lúdicas que impliquen uso del fuego, entra las que se recoge la prohibición de empleo de asadores no homologados en terrenos rústicos, así como el uso de cohetes, fuegos artificiales o material pirotécnico en esas mismas localizaciones o que puedan alcanzar terrenos rústicos.

Publicado el texto que limita en La Rioja actividades agrícolas y lúdicas por riesgo de incendio forestal

Del mismo modo, a partir de la publicación de esta resolución y hasta el próximo 15 de noviembre, quedan suspendidas las quemas de restos vegetales de origen forestal, agrícola o de jardinería. A su vez, se establecen condiciones para los trabajos de mantenimiento y construcción de infraestructuras básicas, como por ejemplo desbroces en carreteras, así como los relativos al sector primario.

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente pone a disposición la página web del Gobierno de La Rioja donde se muestran los mapas con información actualizada de temperatura y velocidad del viento que facilita a los agricultores la toma de decisiones sobre la idoneidad o no de realizar determinadas tareas agrarias.

Del mismo modo, esta página web informará acerca de si el municipio en el que se está realizando esta labor cuenta con las condiciones meteorológicas que prohíben, o no aconsejan, el uso de esta maquinaria. La información que se muestra en los mapas se actualiza cada media hora, en concreto a y cuarto y a menos cuarto.

Con la finalidad de extremar las precauciones en las labores agrícolas cuando exista alto riesgo de incendios, se ha prohibido el uso de cosechadoras, empacadoras y otras máquinas agrícolas, susceptibles de generar deflagraciones, cuando se den las siguientes condiciones:

· Temperatura superior a 42ºC.

· Velocidad del viento superior a 20 m/s.

Actividades permitidas con condiciones reforzadas

Los mapas de información contemplan en color naranja la cosecha condicionada. En esta situación, las actividades estarán condicionadas a que las personas que las ejecuten cumplan con los siguientes requisitos:

· Aportar un teléfono de contacto.

· Disponer de un tractor con grada o cuba de agua con capacidad mayor de 300 litros con fácil acceso para atajar cualquier conato de incendio.

· Para previsiones de temperaturas mayores a 37ºC no se permite la realización de labores agrícolas con cosechadoras, empacadoras y otras máquinas agrícolas o forestales susceptibles de generar deflagraciones.

· La anterior prohibición no será efectiva para las personas que han facilitado su teléfono de contacto y acepten estar incluidos en la red de alertas “Red Agroforestal de Mensajes Telefónicos de Alerta”. A través de esa red se les avisará en tiempo real de la prohibición de realizar dichas labores en el momento en el que se alcancen en su zona de trabajo los 39ºC o rachas medias de viento superiores a 20Km/hora marcados por la estación SIAR más cercana a su localización.

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