En 'La Tarde'

"Es un abuso sexual con acceso carnal continuado, por eso la pena es de nueve años de prisión"

Hablamos en 'La Tarde' con Ignacio Gordillo, abogado y ex fiscal de la Audiencia Nacional sobre la condena a los 5 miembros de 'La Manada'

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Ignacio Gordillo: "Hay abuso sexual con acceso carnal continuado, por eso la pena es de 9 años de prisión"

Borja Martínez

Publicado el - Actualizado

1 min lectura

Los cinco miembros de La Manada han sido condenados a nueve años de cárcel. La Fiscalía pedía penas de más de 20 años de prisión, pero finalmente se ha quedado en la mitad. La clave reside en que no han sido condenados por el delito de violación, sino por agresión sexual.

"Es un abuso sexual con acceso carnal continuado y por eso la pena es de nueve años de prisión"

En 'La Tarde' hemos analizado la sentencia con Ignacio Gordillo, abogado y ex fiscal de la Audiencia Nacional: "Si con esta joven emplearon violencia o intimidación, serían hechos constructivos de agresión sexual, sino de abuso sexual. La violencia o intimidación no lleva consigo que haya violación. Es un abuso sexual con acceso carnal continuado y por eso la pena es de nueve años de prisión. Y si a eso le añadimos ese agravante de prevalimiento porque son cinco, lógicamente la pena es correcta".

Otro punto importante es que uno de los tres jueces ha emitido un voto particular pidiendo la absolución: "Ese voto va a tener mucha influencia tanto en el recurso de apelación ante la Audiencia de Pamplona, como posteriormente ante el Tribunal Supremo, porque son tres magistrados y uno de ellos es partidario de la absolución".

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Al ser un tema tan mediático, ¿cuánto influye esto en un fiscal o juez al dictar sentencia?: "Me gustaría decirte que no influye, somos totalmente ajenos, pero somos humanos. Donde hay una prisión a la que se le ha dado tanto hincapié, tiene su importancia. En otro momento la sentencia no seria de 200 folios. El tema mediático es importante, sobre todo lo que rodea a este juicio. Yo creo que en la justicia intentamos desprendernos de estos juicios, pero somos personas".

La condena también incluye una orden de alejamiento a 500 metros de la víctima, libertad vigilada posterior a la pena, durante cinco años, y una multa conjunta de 50.000 euros. 

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