En 'La Tarde'
El 'violador de Verneda' sale de prisión, sin estar rehabilitado
El informe de los expertos que le han tratado en la cárcel, aseguran que no está rehabilitado
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Gregorio Cano, más conocido como el 'violador de Verneda', ha salido esta mañana de la cárcel tras cumplir 20 años de prisión. El máximo que la ley prevé, porque fue condenado a 167 años de cárcel por 17 agresiones sexuales y 40 tentativas. El violador, sale de prisión sin estar rehabilitado, según los informes de los responsables de su tratamiento. Por ello, la fiscalía ha pedido a los Mossos que le vigilen. También se les ha ofrecido esta vigilancia a las víctimas.
Timanfaya Hernández, es psicóloga clínica, y ha explicado en los micrófonos de 'La Tarde' cómo son las terapias que realizan los agresores sexuales: "Para que sean eficaces deben hacerse de forma individual, porque no existe una única tipología. Lo que se intenta conseguir es la asunción de la responsabilidad, el compromiso, la elaboración interna con lo que uno ha hecho, el acercamiento a las víctimas y motivar una conducta diferente en cuanto a la esfera sexual. Eso es básico en estas terapias de personas que han cometido estos delitos".
No hay un perfil típico, pero todo se centra en trabajar la agresividad que estas personas tienen: "Cuando llevan a cabo una agresión, no tienen el placer a través de la pura relación sexual, sino que el placer lo obtienen a través de la agresión. Lo que hay es un patrón de descontrol de impulsos. El tema del impulso es fundamental, puedes saber que una cosa está mal, pero tienes que tener la capacidad de hacerlo o no hacerlo".
ESCUCHA LA ENTREVISTA COMPLETA | Timanfaya Hernández y Miguel Pallarés en 'La Tarde'
La medida preventiva tomada por la fiscalía debe respetar los derechos fundamentales del agresor, ya que cuando cometió los delitos esta medida no estaba reflejada en la ley, Lo ha explicado Miguel Pallarés, portavoz de la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales: "Hay una reforma de 2010 que establece que por este tipo de delitos, el sujeto además de la pena privativa de libertad, también es condenado a una libertad vigilada, pero esto no estaba cuando cometió el delito, por tanto no se le puede aplicar esta medida". Pero sí se puede articular a las competencias genéricas: "Lógicamente no vamos a quedarnos de brazos cruzados, cuando esta persona puede agredir a otra. Entonces hay que adoptar una medida con la protección de sus derechos fundamentales".